Las autoridades policivas y el
Ministerio del Transporte determinaron restricción de vehículos “para la
temporada vacacional de navidad, año nuevo y reyes 2015-2016”
Se recuerda que para preguntas e información adicional de las vías el
número de contacto es el #767 de la Dirección de Tránsito y Transporte de la
Policía Nacional.
Conforme a lo establecido en
la Resolución 0002307 del 12 de Agosto 2014 artículo 2 "TEMPORADA
VACACIONAL DE NAVIDAD Y AÑO NUEVO" y artículo 6, en cuanto a que las
medidas de regulación del tráfico vehicular deberán ser difundidas con al menos
un (1) mes con anterioridad por el Ministerio de Transporte, la Dirección de Tránsito y Transporte de la
Policía Nacional y las autoridades de Tránsito local y a los estipulado en la
Resolución 761 de 2013 nos permitimos comunicar a los gremios, asociaciones del
sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional y demás
interesados, que la restricción a aplicar para los vehículos de carga será en
las fechas y horas relacionadas a continuación:
Días de aplicación y vías a
nivel país
DÍA
|
FECHA
|
HORARIO
|
MIERCOLES
|
23 de diciembre 2015
|
16:00 A 22:00 horas
|
JUEVES
|
24 de diciembre 2015
|
12:00 A 22:00 horas
|
VIERNES
|
25 de diciembre 2015
|
-------------------------------
|
SÁBADO
|
26 de diciembre 2015
|
-------------------------------
|
DOMINGO
|
27 de diciembre 2015
|
12:00 A 23:00 horas
|
|
|
|
MIERCOLES
|
30 de diciembre 2015
|
16:00 A 22:00 horas
|
JUEVES
|
31 de diciembre 2015
|
12:00 A 22:00 horas
|
VIERNES
|
1 de enero 2016
|
-------------------------------
|
SÁBADO
|
2 de enero 2016
|
-------------------------------
|
DOMINGO
|
3 de enero 2016
|
12:00 A 23:00 horas
|
VIERNES
(Solo vehículos que salen de
Bogotá)
|
8 de enero 2016
|
16:00 A 22:00 horas
|
SÁBADO
|
9 de enero 2016
|
09:00 A 15:00 horas
|
DOMINGO
|
10 de enero 2016
|
12:00 A 23:00 horas
|
LUNES
|
11 de enero 2016
|
12:00 A 01:00 horas
|
Vías a restringir:
ALTO EL MANZANO – PEREIRA-
RIOSUCIO-YE DE CERRITOS-CARTAGO.
ARMENIA-MONTENEGRO-QUIMBAYA
BARRANQUILLA – CARTAGENA (VÍA
AL MAR)
BARRANQUILLA- YE DE CIENAGA
BOGOTÁ - CHOACHI.
BOGOTÁ – CHÍA – CAJICÁ – UBATÉ
– CHIQUINQUIRÁ – BARBOSA – SAN GIL – BUCARAMANGA.
BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR –
IBAGUÉ.
BOGOTÁ – LA VEGA – VILLETA –
HONDA Y CORAN-GUADUAS
BOGOTÁ – TUNJA.
BOGOTÁ – VILLAVICENCIO –
ACACÍAS.
BOGOTÁ-LA
CALERA-GUASCA-GUATAVITA
BOGOTÁ-MOSQUERA-FACATATIVÁ-
SASAIMA- VILLETA
BOSCONIA-ZAMBRANO-CARMEN DE
BOLÍVAR-CRUZ DEL VISO-TURBACO-CARTAGENA
BUCARAMANGA –LA LIZAMA
BUCARAMANGA- SAN ALBERTO
BUCARAMANGA-PAMPLONA-CÚCUTA
CALI – POPAYAN - PASTO
CHÍA- COTA-MOSQUERA-LA
MESA-GIRARDOT
CÚCUTA-YE DE ASTILLEROS (antes
estaba CÚCUTA –SARDINATA se reduce el recorrido)
HATILLO-BARBOSA
HONDA-DORADAL-MEDELLÍN
IBAGUÉ – ARMENIA – LA PAILA
IBAGUÉ-HONDA
MANIZALES-MARIQUITA-ARMERO
MEDELLÌN – SANTA FE DE
ANTIOQUIA.
MEDELLÍN-HATILLO-YARUMAL-
CAUCASIA
MEDELLÍN- PRIMAVERA- LA
PINTADA- LA FELISA- LA MANUELA
MONTERÍA-CERETE-LORICA-COVEÑAS-TOLÚ-TOLUVIEJO-CRUZ
DEL VISO (BOLÍVAR)
NEIVA – ESPINAL – GIRARDOT.
NEIVA-GARZÓN-PITALITO-MOCOA
PASTO – CHACHAGÜI.
PUERTO ARAUJO-PUERTO BOYACÁ
RIOHACHA - VALLEDUPAR
SANTA MARTA – RIOACHA
SANTA MARTA-FUNDACIÓN-SAN
ROQUE-AGUACHICA
SIBATE- ALTO DE SAN
MIGUEL-FUSAGASUGÁ
TUNJA –CHIQUINQUIRÁ
TUNJA-BARBOSA
TUNJA-DUITAMA-SOGAMOSO
VILLAVICENCIO –PUERTO LÓPEZ
VILLAVICENCIO-CUMARAL
NOTA ESPECIAL: Como lo dicta
el artículo 3 de la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 "Si se
presenta congestión u obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o
situaciones de emergencia en los días de que trata el artículo precedente, o en
cualquier corredor vial, el Comité Interinstitucional para la Adopción y
Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, deberá
implementar planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos
viales), según corresponda, con el propósito de garantizar la movilización de
los vehículos".
NOTA 1: Los días viernes 4 de diciembre de
2015 y 8 de enero de 2016, la restricción únicamente se aplicará a los
vehículos de carga que salgan de la Ciudad de Bogotá.
NOTA 2: El día 11 de enero de
2016, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga
con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas. Igualmente se aplicará la
restricción con dos horas de antelación al horario estipulado en la mencionada
fecha en el corredor vial N° 7 (BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ) para los
vehículos de carga que vengan en sentido IBAGUÉ – BOGOTÁ.
NOTA 3: La restricción de
carga en el corredor vial N° 17 (CALI – POPAYAN – PASTO) solo aplicará para los
puentes festivos de navidad, año nuevo y reyes (2015-2016).
NOTA 4: Los vehículos que
transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a las
restricciones para los vehículos de carga descritos en la Resolución 2307 del
12 de agosto de 2014 y lo que dispongan las comunicaciones expedidas por
INVIAS.
NOTA 5: La restricción no
aplica para los vehículos de carga que transportan carbón térmico desde el
Departamento Norte de Santander hacia la Costa Atlántica.
NOTA 6: La Policía Nacional a
través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de
maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor
sobre la red vial nacional.
NOTA 7: Las excepciones para
el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del
presente comunicado estarán sujetas a lo establecido en la Resolución 2307 de
2014, "Por la cual se establecen medidas para la regulación del tráfico
vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país y se dictan
otras disposiciones".
NOTA 8: El Instituto Nacional
de Vías - INVIAS, la Agencia Nacional de Infraestructura - ANI y las
CONCESIONES de la red vial nacional, tienen programado suspender y no realizan
obras en la red vial que afecten la movilidad, durante la vigencia del presente
comunicado. No obstante lo anterior, en el desarrollo de algunos de los
proyectos concesionados, por programación y ejecución del contrato de
concesión, se adelantarán algunas labores puntuales en la vía, sobre las cuales
existirá, por parte del Concesionario, la señalización adecuada y necesaria que
brinde seguridad y movilidad a los usuarios.
Se recuerda que para preguntas
e información adicional de las vías el número de contacto es el #767 de la
Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional.
Cortesía mintransporte.gov.co
Fuente: Prensa de la Policía. (Cortesía,
Teniente Dorian Arturo Vanegas Rodríguez)
No hay comentarios:
Publicar un comentario